SENTENCIA JUDICIAL
En el fallo de fecha 24 de Noviembre del año 2017, de Autos Caratulados “ASOCIACIÓN DE USUARIOS Y CONSUMIDORES DE LA PROVINCIA DE CORRIENTE (A.U.C) C/DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CORRIENTES Y/O ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTE SOBRE AMPARO” iniciada tras el aumento aplicado por la DPEC el pasado ciclo febrero/marzo, la Juez Ma. Belén Güemes, del Juzgado Contencioso Administrativo Nº2 resolvió declarar la nulidad del decreto 516/17 por el que se había aprobado el cuadro tarifario entonces cuestionado, por no contar con la participación de los Usuarios a través de la previa audiencia pública exigida por la ley. En virtud de ello, los usuarios residenciales podrán –invocando la sentencia en cuestión- solicitar en forma personal ante la DPEC el reintegro de lo cobrado de más desde la aplicación del cuadro tarifario cuya nulidad se reclama (91 A y 91 B), hasta la publicación en el Boletín Oficial del decreto 1946/17 (6 de Septiembre de 2017).
En este sentido, cada Usuario residencial podrá –a título personal- invocar la sentencia –la nulidad del cuadro tarifario aprobado por decreto 516/17-, solicitando en sede administrativa –ante la DPEC- el reintegro de lo cobrado de más en virtud del acto anulado, por el valor que en cada caso corresponda.
Además, la Juez declaró parcialmente abstracto el planteo de la Asociación de Usuarios y Consumidores de Corrientes, sobre aumento de energía eléctrica que rigió a partir de febrero y marzo de este año, ya que en forma posterior, se dictó otro cuadro tarifario, previa audiencia pública (en Santa Rosa) y con previsión de aplicación gradual y progresiva del aumento- que se encuentra en vigencia actualmente (decreto 1946/17). Güemes rechazó por último, el planteo de falta de legitimación activa formulado por la DPEC y el Estado Provincial.
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